Reglamento de Prácticas Profesionales Supervisadas |
Generalidades
La Práctica Profesional Supervisada representa una valiosa herramienta para el alumno, ya que constituye la primera inserción en un ámbito profesional real y la confrontación con la problemática de su propia actividad.
También es una prueba de gran valor para la Facultad, ya que el alumno al tener la mayoría de las materias aprobadas demostrará el nivel de preparación que le brinda ésta para el desempeño futuro de su vida profesional.
Significa también un beneficio para las empresas, ya que éstas buscan generalmente en este tipo de actividades, propuestas, ideas y aportes innovadores dados por los practicantes para el mejoramiento de su actividad.
Objetivos
- Integrar los conocimientos teóricos adquiridos durante la formación académica de la carrera, enfrentando al estudiante con problemas reales de ingeniería y con las tecnologías disponibles en el medio.
- Tomar conocimiento de la forma de ejercer la profesión en el medio privado, empresarial o público.
- Integrar al estudiante a grupos sociales laborales afines a sus futuras tareas profesionales, mostrándole las relaciones interpersonales dentro de una organización laboral.
- Mostrar al estudiante posibles campos laborales para el ejercicio profesional.
- Complementar las habilidades adquiridas para el análisis de problemas, formulación de alternativas, propuestas de resolución, organización y dirección de tareas profesionales aplicadas a la ingeniería.
- Reconocer la trascendencia social de la profesión de ingeniero y la importancia de la inserción de la Universidad en el medio.
- Constituir un elemento de evaluación para la Facultad sobre los requerimientos profesionales del medio, incumbencias y habilidades específicas de los alumnos al egresar y frente a la actividad profesional aplicada.
Requisitos
El alumno deberá, al momento de inscribirse para realizar la PPS, tener como mínimo aprobadas las asignaturas del Plan de Estudios hasta el Módulo VIII inclusive y regularizadas las asignaturas correspondientes al Módulo IX.
Ámbito de desarrollo de la PPS
La PPS podrá desarrollarse en el ámbito de Entidades Públicas o Privadas, correspondientes a sectores productivos y/o de servicios (como ser reparticiones, empresas constructoras, consultoras, etc.) o en Instituciones de Investigación y Desarrollo que realicen actividades en cooperación con sectores productivos y/o de servicios. La entidad será propuesta por el alumno a la Comisión Académica de Carrera, para su aprobación respectiva.
Procedimiento de inscripción
- El alumno presentará a la Comisión Académica de Carrera la Ficha de Admisión para la PPS según modelo del ANEXO I, pudiendo proponer a un docente de la carrera como tutor, o no completar el nombre del Tutor, que en este caso será designado por la Comisión Académica. La Comisión Académica verificará el cumplimiento de los requisitos para el alumno, el tutor y la entidad donde se desarrollará la PPS, y si fuera necesario, tramitará la firma del Acuerdo de Cooperación Educativa entre la citada Empresa/Organismo y la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología de la Universidad Nacional de Tucumán.
- En el caso de aquellos alumnos en condiciones de efectuar la PPS, pero que NO conozcan, o no puedan ser aceptados por una Entidad que reúna las condiciones estipuladas, la Comisión Académica asumirá la función de buscarla, la que se pondrá a consideración del interesado.
Supervisión de la PPS – Condiciones a cumplir por los tutores
La Práctica Profesional Supervisada debe ser monitoreada por parte de dos tutores: un docente graduado por parte de la FACEyT y un profesional perteneciente a la entidad donde se realice la misma.
Por parte de la FACEyT, puede ser tutor cualquier docente con experiencia suficiente para serlo, a juicio de la Comisión Académica de la Carrera.
Por parte de la entidad donde se realice la PPS, la misma designará a un profesional de características similares a las del tutor docente.
En el lapso de los 15 días siguientes a la formalización de la admisión del alumno para realizar la PPS, éste deberá presentar a la Comisión Académica el formulario del ANEXO II para su aprobación. En el se contempla un Programa de Actividades a desarrollar en la entidad, de común acuerdo con ambos tutores y avalado por ellos con su firma.
El Programa de Actividades incluirá las tareas a desarrollar en el tiempo (cronograma de tareas), indicando recursos humanos, lugares, equipos técnicos y condiciones de trabajo, y todo dato de interés para juzgar la relevancia de la práctica a realizar.
La Comisión Académica evaluará este Programa en el lapso de 10 días, y comunicará al estudiante para que comience a desarrollar la PPS en el tiempo estipulado, período durante el cual los tutores guiarán al alumno en su trabajo.
Previo al comienzo de la PPS, la Comisión Académica tramitará ante la Secretaría de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de Ciencias Exactas y Tecnología el Seguro por Accidentes de Trabajo para el estudiante, previsto para el desarrollo de la PPS, adjuntando una copia del formulario del ANEXO II.
Actividades mínimas a desarrollar
La Práctica Profesional Supervisada debe acreditar un tiempo mínimo de 200 horas en la entidad seleccionada. Se considerarán las 200 horas de la PPS como aquellas realmente ejecutadas en la entidad seleccionada, no incluyendo en este tiempo la preparación del Informe Final a presentar por el alumno a la Comisión Académica.
Informe final de la PPS
El alumno registrará todos los datos, desarrollos y resultados de sus tareas, en forma metódica y rigurosa, para elaborar y conformar el Informe Final de la PPS que deberá presentar ante la Comisión Académica una vez transcurrido no más de un mes de la finalización de las tareas correspondientes. Dicho Informe Final será presentado a la Comisión Académica, con copia a la Entidad donde se desarrolló la PPS. Deberá contener además dos informes complementarios, según ANEXOS III y IV:
- Un Informe breve de la Entidad (ANEXO III) donde se llevó a cabo la PPS en el que conste la opinión o evaluación de los trabajos desarrollados por el alumno, realizado por el Tutor y refrendado por una autoridad competente que dicha Entidad designe a tal efecto.
- Un Informe del Tutor Docente de la Carrera (ANEXO IV)
Evaluación y aprobación de la PPS
El Informe Final presentado será evaluado por un Jurado conformado por tres Profesores docentes de la Carrera de Ingeniería Civil con categoría de profesor y de formación afín a la actividad desarrollada, designado por la Comisión Académica.
El Jurado dispondrá de un plazo máximo de 15 días con posterioridad a la recepción del Informe para su evaluación y calificación, para lo cual deberá tener en cuenta si se ha cumplido el Plan de Trabajo y alcanzado los objetivos propuestos.
En caso de resultar satisfactoria la evaluación, el alumno presentará en la Secretaría del Dpto. de Construcciones y Obras Civiles la solicitud de examen autorizada por un docente del Jurado para que el Departamento Alumnos emita la correspondiente planilla de examen, la que una vez llenada y firmada se enviará al Departamento Alumnos para incluir en el estado académico del interesado.
El jurado, además, deberá presentar a la Comisión Académica una nota donde figure la calificación obtenida, junto con el Informe Final del alumno para ser archivado.
Actividades equivalentes
Aquellos alumnos que realicen pasantías rentadas, se desempeñen en tareas afines a su carrera, o participen de becas de intercambio que obliguen a realizar trabajos profesionales, podrán solicitar a la Comisión Académica se considere la misma como PPS, para lo cual deberá cumplir con los requisitos que correspondan establecidos en el presente reglamento.
Aspecto reglamentario
Es competencia de la Comisión Académica de la Carrera de Ingeniería Civil:
- La interpretación del presente Reglamento.
- La decisión sobre los casos no previstos en este Reglamento.
- La consideración de las excepciones a las pautas que el mismo establece.
- La modificación del presente Reglamento.
Descargar el reglamento de Prácticas Profesionales Supervisadas.