En el marco de la Resolución Rectoral N° 159/2020, en donde se resuelve en el artículo 1° convalidar las medidas, actividades y procesos académicos desarrollados por las unidades académicas…; el artículo 2° establece en todo el ámbito de la Universidad, la posibilidad de utilización de estrategias desarrolladas en el marco de la educación a distancia para las evaluaciones parciales y finales de las asignaturas y espacios curriculares…, y el artículo 3° dispone que conforme a sus particularidades, cada Facultad y Escuela podrá definir si pueden utilizarse estrategias desarrolladas en el marco de la educación a distancia; el Sr. Decano de la FACET, Dr. Ing. Miguel Cabrera (Ad-Referéndum del Consejo Directivo) resuelve:
➡️Resolución N° 0056/2020:
?Artículo 1°.- Establecer en todo el ámbito de la FACET la posibilidad de utilización de estrategias desarrolladas en el marco de la educación a distancia para las evaluaciones parciales y finales de las asignaturas y espacios curriculares que se ofrecen en esta Facultad.
?Artículo 2°.- La apertura de las mesas de examen, inscripción y carga de actas, se efectuarán a través del sistema SIU Guaraní…..
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➡️Resolución N° 0057/2020:
?Artículo 1°.- Establecer el procedimiento de Inscripciones, Formalización de Mesas Examinadoras, Informe de Trabajo de Graduación, y demás metodologías de las Actividades de Grado y Pregrado que, como ANEXO I, forma parte de la presente Resolución…..
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➡️Resolución N° 0058/2020:
?Se establecen medidas que avalen los Actos Académicos realizados a distancia a través de medios virtuales, referidos, entre otros, a Evaluaciones de Comisiones Académicas, Seminarios, Presentaciones, Defensas de Tesis, etc., de Carreras de Diplomaturas, Especializaciones, Maestrías y Doctorados que se desarrollan en la Facultad, permitiendo de esta forma la constitución, bajo la modalidad virtual, de la totalidad de un Tribunal o Comisión Evaluadora, y resguardando los procedimientos administrativos que le otorgan validez al acto.
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IMPORTANTE: Lo establecido en las presentes Resoluciones, podrá ser modificado acorde al avance de la Pandemia del COVID-19 en nuestro país y en concordancia con lo que determinen tanto el Rectorado de la UNT, como los Gobiernos Nacional y/o Provincial, a través de sus Órganos Competentes, y solo tendrá vigencia mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio.