RÉGIMEN DE CORRELATIVIDAD
El régimen queda establecido por la resolución ministerial ME 389-2017 y las resoluciones de la FACET 1185-2012, 0682-2013, 1204-2016, 1620-2016, 1764-2019, 0310-2021 (y su modificatoria 0350-2021) y 0589-2021.
PRIMER AÑO
SEGUNDO AÑO
TERCER AÑO
CUARTO AÑO
QUINTO AÑO
OPTATIVAS
EXIGENCIAS ADICIONALES
No se considera la Res. 0022-2022 del Consejo Directivo que es transitoria con fecha de caducidad.